Arraigo social en 2026: requisitos tras el nuevo Reglamento

El arraigo social es el tramite mas buscado en extranjeria, pero tras la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024 el 20 de mayo de 2025 ya no se llama asi en sentido estricto. La figura ha sido absorbida por arraigo familiar (cuando hay vinculos de familia) o arraigo sociolaboral (cuando hay oferta de trabajo). Esta guia explica que requisitos estan vigentes en 2026 segun el caso concreto y como orientar el expediente para no equivocarse de figura.

Publicado el 17 de abril de 2026 por el equipo de ExpedienteBot.

Resumen rapido

  • El "arraigo social" como tal ya no existe desde el 20.05.2025.
  • Si tienes familiares en Espana con residencia legal: arraigo familiar.
  • Si tienes oferta de trabajo: arraigo sociolaboral.
  • Si solo tienes tiempo en Espana: arraigo socioformativo (via formacion).
  • Si fuiste solicitante de asilo denegado: arraigo de segunda oportunidad.

Por que cambio el nombre

El Real Decreto 1155/2024 reestructuro las figuras de arraigo agrupandolas en cinco: familiar, sociolaboral, socioformativo, segunda oportunidad y laboral (este ultimo, reducido al caso muy especifico de denuncias laborales). El antiguo arraigo social, que en la practica cubria una combinacion de familia, empleo y tiempo en Espana, se ha repartido en las figuras nuevas para ganar claridad y evitar denegaciones por requisitos difusos.

Desde el punto de vista practico, quien iba a pedir arraigo social antes del 20 de mayo de 2025 hoy tiene que elegir primero la figura correcta segun su situacion. Elegir mal es la causa mas habitual de denegacion que se ve en las Oficinas de Extranjeria durante 2026.

Que figura te corresponde

Tengo conyuge, padre, madre o hijo con residencia legal en Espana

Arraigo familiar. Requisitos: dos anos de residencia continuada, vinculo familiar demostrable, ausencia de antecedentes penales. No exige contrato de trabajo ni informe de integracion. El familiar vinculado debe tener residencia legal vigente en Espana.

Tengo una oferta firme de trabajo

Arraigo sociolaboral. Requisitos: dos anos de residencia, contrato de al menos 20 horas semanales con SMI, antecedentes limpios. No exige informe de integracion ni familiar con residencia. Guia detallada en Arraigo sociolaboral 2026.

Quiero formarme profesionalmente para regularizarme

Arraigo socioformativo. Requisitos: dos anos de residencia, compromiso de formacion en el Anexo II, informe municipal de integracion, antecedentes limpios. Permite trabajar hasta 30 horas semanales durante la formacion. Guia: Arraigo socioformativo 2026.

Soy antiguo solicitante de proteccion internacional con resolucion denegatoria

Arraigo de segunda oportunidad. Requisitos reducidos: dos anos de residencia desde la denegacion, ausencia de antecedentes penales. Via especifica creada por el Reglamento 2024 para evitar situaciones de irregularidad tras denegacion de asilo.

Requisitos comunes a todas las figuras

Independientemente de la figura, hay un nucleo de requisitos que aplica a todas las variantes de arraigo en 2026:

  • Dos anos de residencia continuada. Plazo unificado tras la reforma. Ausencias maximas: 90 dias en el periodo completo.
  • No ser ciudadano UE, EEE o Suiza. Estas figuras aplican solo a extranjeros de terceros paises.
  • No tener procedimiento de asilo pendiente. Si lo tenias y fue denegado, valorar arraigo de segunda oportunidad en lugar del resto.
  • Antecedentes penales limpios. Certificados de Espana y de paises de residencia previa (ultimos cinco anos antes de entrar a Espana). Vigencia maxima de los certificados: tres meses desde expedicion.
  • No constar en prohibicion de entrada. Antiguas ordenes de expulsion o prohibiciones vigentes impiden el arraigo salvo cancelacion previa.

Errores de orientacion que se ven en 2026

  1. Pedir arraigo social cuando aplica sociolaboral. Personas con contrato pero sin familia presentan la antigua via social por costumbre. La Oficina deniega por requisitos que ya no existen o pide contrato que no estaba previsto.
  2. Confundir familiar con social. Tener conyuge o hijo con residencia legal entra directamente en arraigo familiar. Ir por la via generica introduce requisitos innecesarios.
  3. Presentar informe de integracion donde no se pide. El informe solo es exigible en socioformativo. En las otras figuras no hace falta, y presentarlo no aporta valor.
  4. Contrato inferior a 20 horas. El Reglamento anterior pedia 30. Algunas ofertas de empleo se siguen haciendo con jornadas de 20-24 horas pensando que cumplen, pero el salario proporcional al SMI debe alcanzarse aun asi.
  5. Ausencias mal computadas. 90 dias son acumulados en el periodo de dos anos, no por viaje. Viajes cortos frecuentes pueden romper la continuidad.

Preguntas frecuentes

¿El arraigo social sigue existiendo en 2026?
El arraigo social tal como lo regulaba el Reglamento anterior (Real Decreto 557/2011) ha sido reformulado. Parte de sus casos se han trasladado al arraigo familiar (cuando el solicitante tiene vinculos familiares legales en Espana) y parte al arraigo sociolaboral (cuando tiene contrato de trabajo). En 2026 conviene hablar con propiedad: la figura se llama arraigo familiar o arraigo sociolaboral segun el caso concreto.
¿Que pasa si ya tenia expediente de arraigo social abierto antes del 20 de mayo de 2025?
Los expedientes iniciados bajo el Reglamento 557/2011 se resuelven conforme a ese Reglamento, salvo que la nueva norma sea mas favorable al solicitante. En la practica, las Oficinas de Extranjeria aplican el regimen mas beneficioso caso por caso.
¿Cuanta residencia se pide para el arraigo familiar?
Dos anos de residencia continuada en Espana. El plazo se ha unificado con el resto de figuras de arraigo tras la reforma de 2025.
¿Que familiares son vinculo valido para el arraigo familiar?
Conyuge o pareja registrada con residencia legal, ascendientes mayores de 65 anos dependientes, ascendientes menores de 65 a cargo, y descendientes menores de 21 anos o mayores dependientes. Tambien hijos de espanoles nacidos en Espana y familiares directos de ciudadanos de la UE.
¿Se puede solicitar arraigo social si trabajo en Espana sin contrato?
No. El trabajo sin contrato no acredita situacion laboral ni cotiza a Seguridad Social. Si se tiene posibilidad de contrato firme se puede ir por arraigo sociolaboral. Si no, pero hay vinculos familiares, por arraigo familiar. Si hay intencion de formarse, por arraigo socioformativo.
¿El informe de arraigo sigue siendo necesario?
En el arraigo familiar no. En el arraigo socioformativo si (informe municipal de integracion). En el arraigo sociolaboral no. En la segunda oportunidad no. El informe municipal solo es obligatorio en algunas figuras, consultar el caso concreto.

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